Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
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Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Buenas, queria saber si alguien me puede ayudar a comprender qué armas se pueden tener siendo legítimo usuario condicional y cuáles no. Por lo que me dijeron en el AnMac cuando fui no hay "límite" en el calibre, que se puede tener un arma de calibre 0.50. Pero después vi que hay calibres prohibidos que solo pueden usar las FF.AA, (como el 5,7x 28 de FN) y despues lei que está el decreto 64/95 que no permite tener armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon mayores a calibre .22
Lo que no me quedó claro es si eso significa que se pueden tener armas semiautomáticas mayores a .22 si tienen cargador fijo y se carguen con peines, como el M1 Garand y por el estilo.
Lo que no me quedó claro es si eso significa que se pueden tener armas semiautomáticas mayores a .22 si tienen cargador fijo y se carguen con peines, como el M1 Garand y por el estilo.
- nelju10
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Estimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
Si tenes un FSL tal y como salió de factoría se lo considera bajo decreto, ahora, si al mismo le soldaron el cargador al cajón y está reforma está aprobada por armero ya NO entra en decreto. Podes tener un barret .50 pero de los acerrojados y lo usas para long range.
Espero haberte despojado dudas.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
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- tirador1
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Algun loco en USA tiene que hacer un rifle semi con cargador quita y pon, 5,56, hacerle un diseño bien BIEN feo y ponerle de nombre "Small Sporting Rifle A1".nelju10 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 7:34 amEstimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
Si tenes un FSL tal y como salió de factoría se lo considera bajo decreto, ahora, si al mismo le soldaron el cargador al cajón y está reforma está aprobada por armero ya NO entra en decreto. Podes tener un barret .50 pero de los acerrojados y lo usas para long range.
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- Agrimgaston
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Restricción sobre armas largas
DECRETO 654/95: Prohíbese a los legítimos usuarios de armas de fuego la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon simil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR.
Restricción sobre armas cortas.
DISPOSICIÓN 31/99: ARTÍCULO 1° : No autorizar la fabricación, adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier título, transporte, introducción al país e importación de las armas de puño, sus municiones y recarga, diseñadas básicamente para penetrar cascos y chalecos antibala, tales como las del calibre 5.7 x 28 mm FN P90, y los proyectiles de cualquier calibre, encamisados o semiencamisados cuyo núcleo no sea de plomo o aleación de plomo, tales como las puntas con núcleo de bronce, tungsteno, hierro o acero. A tales materiales se los considerará como de "Uso Prohibido", siendo de aplicación el régimen establecido por los artículos 4°, inciso 3), 89 y
demás concordantes del Anexo I al Decreto 395/75.
ARTÍCULO 2° : No autorizar la fabricación, adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier título, transporte, introducción al país e importación de las armas de puño, sus municiones y recarga, cuya energía de boca supere los UN MIL DOSCIENTOS (1.200) pies por libra, tales como los calibres .454 Casull y .50. Tales materiales se someten al régimen limitativo establecido en el Decreto N° 64/95.
ARTÍCULO 3°: Exceptuar del régimen establecido en el artículo anterior a las armas de puño monotiro para caza mayor.
Particularmente pienso que el que redactó este decreto y disposición, sabía tanto de armas como yo de física cuántica, o era un HDP.
En el caso del Decreto, en 1995, Carlos Saul Iº dijo que en el año 75 cuando hicieron la ley de armas, los Diputados y Senadores no sabían de la existencia de las armas largas semiautomáticas con cargadores tipo quita y pon. Pero si tenemos en cuenta que el Congreso aprobó una partida de presupuesto para la compra de los FAL a Bélgica en 1950 o que después aprobó una partida presupuestaria para fabricarlos en argentina desde 1955, podemos decir que nos trataron de tarados, y lo siguen haciendo.
Y respecto a la Disposición, el .454 Cassul, si bien se lo utiliza por lo general en armas cortas (salvo algún palanquero Rossi), es un calibre muy utilizado en caza mayor. Se creó a principios de los ochenta, cuando el señor Cassul buscaba un grueso calibre de alta potencia, pero nunca con la finalidad de penetrar cascos ni chalecos. Por lo que tengo entendido, la idea original era una munición para la caza de jabalí.
DECRETO 654/95: Prohíbese a los legítimos usuarios de armas de fuego la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon simil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR.
Restricción sobre armas cortas.
DISPOSICIÓN 31/99: ARTÍCULO 1° : No autorizar la fabricación, adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier título, transporte, introducción al país e importación de las armas de puño, sus municiones y recarga, diseñadas básicamente para penetrar cascos y chalecos antibala, tales como las del calibre 5.7 x 28 mm FN P90, y los proyectiles de cualquier calibre, encamisados o semiencamisados cuyo núcleo no sea de plomo o aleación de plomo, tales como las puntas con núcleo de bronce, tungsteno, hierro o acero. A tales materiales se los considerará como de "Uso Prohibido", siendo de aplicación el régimen establecido por los artículos 4°, inciso 3), 89 y
demás concordantes del Anexo I al Decreto 395/75.
ARTÍCULO 2° : No autorizar la fabricación, adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier título, transporte, introducción al país e importación de las armas de puño, sus municiones y recarga, cuya energía de boca supere los UN MIL DOSCIENTOS (1.200) pies por libra, tales como los calibres .454 Casull y .50. Tales materiales se someten al régimen limitativo establecido en el Decreto N° 64/95.
ARTÍCULO 3°: Exceptuar del régimen establecido en el artículo anterior a las armas de puño monotiro para caza mayor.
Particularmente pienso que el que redactó este decreto y disposición, sabía tanto de armas como yo de física cuántica, o era un HDP.
En el caso del Decreto, en 1995, Carlos Saul Iº dijo que en el año 75 cuando hicieron la ley de armas, los Diputados y Senadores no sabían de la existencia de las armas largas semiautomáticas con cargadores tipo quita y pon. Pero si tenemos en cuenta que el Congreso aprobó una partida de presupuesto para la compra de los FAL a Bélgica en 1950 o que después aprobó una partida presupuestaria para fabricarlos en argentina desde 1955, podemos decir que nos trataron de tarados, y lo siguen haciendo.
Y respecto a la Disposición, el .454 Cassul, si bien se lo utiliza por lo general en armas cortas (salvo algún palanquero Rossi), es un calibre muy utilizado en caza mayor. Se creó a principios de los ochenta, cuando el señor Cassul buscaba un grueso calibre de alta potencia, pero nunca con la finalidad de penetrar cascos ni chalecos. Por lo que tengo entendido, la idea original era una munición para la caza de jabalí.
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- rulodel90
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Usted es Kpanga por casualidad? veo similitudestirador1 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 12:42 pmAlgun loco en USA tiene que hacer un rifle semi con cargador quita y pon, 5,56, hacerle un diseño bien BIEN feo y ponerle de nombre "Small Sporting Rifle A1".nelju10 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 7:34 amEstimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
Si tenes un FSL tal y como salió de factoría se lo considera bajo decreto, ahora, si al mismo le soldaron el cargador al cajón y está reforma está aprobada por armero ya NO entra en decreto. Podes tener un barret .50 pero de los acerrojados y lo usas para long range.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Perdon pero no entiendo, Kpanga es otro usuario ?rulodel90 escribió: ↑Lun Ago 05, 2019 7:32 pmUsted es Kpanga por casualidad? veo similitudestirador1 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 12:42 pmAlgun loco en USA tiene que hacer un rifle semi con cargador quita y pon, 5,56, hacerle un diseño bien BIEN feo y ponerle de nombre "Small Sporting Rifle A1".nelju10 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 7:34 amEstimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
Si tenes un FSL tal y como salió de factoría se lo considera bajo decreto, ahora, si al mismo le soldaron el cargador al cajón y está reforma está aprobada por armero ya NO entra en decreto. Podes tener un barret .50 pero de los acerrojados y lo usas para long range.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Kpanga es el autor del posttirador1 escribió: ↑Lun Ago 05, 2019 8:26 pmPerdon pero no entiendo, Kpanga es otro usuario ?rulodel90 escribió: ↑Lun Ago 05, 2019 7:32 pmUsted es Kpanga por casualidad? veo similitudestirador1 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 12:42 pmAlgun loco en USA tiene que hacer un rifle semi con cargador quita y pon, 5,56, hacerle un diseño bien BIEN feo y ponerle de nombre "Small Sporting Rifle A1".nelju10 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 7:34 amEstimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
La otra es hacerse tirador deportivo, conocer gente y contactos, y despues de un tiempo pedir el decreto, luego de años en el ambiente calculo que siendo conocido por inercia te lo dan.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Ah pero soy pelo#!@ con ganas yo XDKalusaaaaa escribió: ↑Mié Sep 04, 2019 6:36 pmKpanga es el autor del posttirador1 escribió: ↑Lun Ago 05, 2019 8:26 pmPerdon pero no entiendo, Kpanga es otro usuario ?rulodel90 escribió: ↑Lun Ago 05, 2019 7:32 pmUsted es Kpanga por casualidad? veo similitudestirador1 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 12:42 pmAlgun loco en USA tiene que hacer un rifle semi con cargador quita y pon, 5,56, hacerle un diseño bien BIEN feo y ponerle de nombre "Small Sporting Rifle A1".nelju10 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 7:34 amEstimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
Si tenes un FSL tal y como salió de factoría se lo considera bajo decreto, ahora, si al mismo le soldaron el cargador al cajón y está reforma está aprobada por armero ya NO entra en decreto. Podes tener un barret .50 pero de los acerrojados y lo usas para long range.
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- cuna1984
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Exacto, y también siendo ITB, podes argumentar que necesitas el decreto, para comprar algún fusil por cuestiones pedagógicasKalusaaaaa escribió: ↑Mié Sep 04, 2019 6:38 pmLa otra es hacerse tirador deportivo, conocer gente y contactos, y despues de un tiempo pedir el decreto, luego de años en el ambiente calculo que siendo conocido por inercia te lo dan.
Las armas tienen dos enemigos, el óxido y los políticos.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Una razon mas para ser tirador deportivo y/o ITBcuna1984 escribió: ↑Jue Sep 05, 2019 7:49 amExacto, y también siendo ITB, podes argumentar que necesitas el decreto, para comprar algún fusil por cuestiones pedagógicasKalusaaaaa escribió: ↑Mié Sep 04, 2019 6:38 pmLa otra es hacerse tirador deportivo, conocer gente y contactos, y despues de un tiempo pedir el decreto, luego de años en el ambiente calculo que siendo conocido por inercia te lo dan.
Entrena hasta que tus ídolos sean tus rivales.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Revivo porque me surgió una duda, no me para de dar vuelta en la cabeza el hecho de que el HK 770 no entra en el decreto, calibre 308, cargador quita y pon, voy a asumir, que es porque no es "Derivada de armas de uso militar", pero entonces, a ver, si uno fuere a conseguir afuera, algo en 308 o 223, que no sea derivado de arma de uso militar, que no tuviera nada que ver con la plataforma AR15, ni AK, ni un SCAR, ni nada similar, se podría usar el hecho de que el HK 770 existe fuera del decreto para tratar de hacerlo pasar ? Estamos hablando de un arma que no tenga el más pu#& parecido externo con ninguna plataforma de armas de uso militar.
- nambu14
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
No es por hacerte la contra ni mucho menos, que se tome como un aportenelju10 escribió: ↑Jue Ago 01, 2019 7:34 amEstimado, no hay mucho margen de duda. El ANMAC establece que quedan sometidas bajo decreto 64/95 todas aquellas armas semiautomaticas superiores al calibre 22LR (inclusive .22 magnum) alimentadas con cargador de quita y pon derivadas de uso militar. No recuerdo explícitamente la ley pero dice eso.
Antes cualquier fusil deportivo que encuadre en esas condiciones se los consideraba bajo decreto. Por suerte ahora metieron presión las armerías y se distinguen las netamente deportivas y estas están excluidas hoy día.
Si tenes un FSL tal y como salió de factoría se lo considera bajo decreto, ahora, si al mismo le soldaron el cargador al cajón y está reforma está aprobada por armero ya NO entra en decreto. Podes tener un barret .50 pero de los acerrojados y lo usas para long range.
Espero haberte despojado dudas.
1-Las armerías hacen su negocio y según se, solo se trae la carabina Ruger 9mm y creo que pasan también algunas 22 magnum, supongo Marlin. No se importa más nada y eso que en Europa, sobre todo, ha aparecido una oferta grande de fusiles semi-auto para caza mayor, en varias marcas me refiero.
2- Lo del FSL dudo que pase, aunque tenga el cargador soldado, a duras penas anduvo el tema con los SKS. En los 90, FM había largado un FSL con culata deportiva en madera, pero como derivado de fusil militar cae dentro del decreto, nunca vi uno en vivo.
3- El Barrett, aunque sea de cerrojo, en calibre 50 no está permitido por la potencia del proyectil. Si no cambió la cosa, es así
- Artrech
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Es decir que no se pueden comprar revólveres mayor de 454 Casull para arriba???
Yo pensaba que se podía comprar hasta un 500 S&W Magnum.
Yo pensaba que se podía comprar hasta un 500 S&W Magnum.
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Re: Dudas sobre que armas caen bajo el decreto 64/95
Todo pasa por RECLAMAR ante la clara arbitrariedad del RENAR /ANMAC respecto al decreto..nambu14 escribió: ↑Jue Nov 21, 2019 4:12 pmNo es por hacerte la contra ni mucho menos, que se tome como un aporte
1-Las armerías hacen su negocio y según se, solo se trae la carabina Ruger 9mm y creo que pasan también algunas 22 magnum, supongo Marlin. No se importa más nada y eso que en Europa, sobre todo, ha aparecido una oferta grande de fusiles semi-auto para caza mayor, en varias marcas me refiero.
2- Lo del FSL dudo que pase, aunque tenga el cargador soldado, a duras penas anduvo el tema con los SKS. En los 90, FM había largado un FSL con culata deportiva en madera, pero como derivado de fusil militar cae dentro del decreto, nunca vi uno en vivo.
3- El Barrett, aunque sea de cerrojo, en calibre 50 no está permitido por la potencia del proyectil. Si no cambió la cosa, es así
Al principio TODA arma larga semiautomatica quita pon mayor potencia que el 22lr TE ENCHUFABAN QUE ERA DE DECRETO Y PUNTO ....
Luego GRACIAS A RECLAMOS DE LOS IMPORTADORES ANTE EL AREA LEGAL logicamente ya que la ley es clara, se habilitaron fuera del decreto que las armas de diseño DEPORTIVO (desde las carabinas ruger y remington 22wmr y 17hmr, pasando por las ruger y marlin 9mm hasta los fusiles como el browning bar o el remington 7400) Lo mismo con las armas que en EEUU se llaman "pistolas" como las CZ EVO ( que anteriormente caian arbitrariamente en el decreto )
Con el mismo criterio, un arma militar que no tiene cargador quita pon (por ser su diseño asi como las llamadas california legal) deberian estar fuera del decreto..Sin duda si planteas eso en el area legal TAMBIEN como paso con los casos anteriormente nombrados te van a dar la razon.
Las otras dos opciones para quien tiene por ejemplo un FSL seria Convertirlo al 22lr (soldar e inutilizar toma de gases, colocar cañon 22 y kit de recuperacion /cargador mismo calibre) o dejandolo en su calibre original hacerlo straight pull (anular sistema de automatismo y alimentar manualmente tal cual se venden/o se permitio modificar para conservar esos fusiles en INGLATERRA )